Buen día RafMac,
En mi experiencia te puedo comentar lo siguiente:
La norma no define un tiempo especifico para la retención de los registros sin embargo, al momento de asignarlo debes considerar lo siguiente:
1) La asignación del tiempo de retención debe ser en conjunto con el líder de área quien es el responsable al final de su protección.
2) Existen registros internos y externos, los externos muchas veces no son contemplados como tal pero deben ser incluidos.
2.1 Para la asignación del tiempo de retención de los registros externos siempre es recomendable revisar si no existen disposiciones externas (leyes, normativas) que impacten el tiempo de retención de estos registros.
2.2 Para la asignación del tiempo de retención de los registros internos dependerá de la necesidad particular de tu organización.
3) Para aquellos que evidencian actividades propias del SGC, te diría que el rango oscila entre los 3 y 5 años, recuerda la entidad certificadora realiza 2 auditorías de seguimiento y la tercera es la recertificación. (Esto en el caso que la entidad certificadora no especifique el tiempo de retención de los registros del SGC) puedes consultarles en todo caso para asegurarte.
Espero haberte ayudado...
Saludos
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Roger Fco. Morales R.
Auditor Líder en Sistema Integrado de Gestión
ISO 9001 / 14001 / 18001
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