Hola Scema,
Si acudimos a la Norma, nos encontramos con esto:
4.2.3 Debe establecerse un procedimiento documentado que defina los controles necesarios para:
(...)
f) asegurarse de que se identifican los documentos de origen externo y se controla su distribución, y
g) (...)
El tratamiento que aplicáis
identifica los documentos de origen externo pero:
¿asegura el control de su distribución?¿Qué se entiende por "controlar" la distribución?
¿Tenemos que saber quién tiene cada documento en cada caso?
La Familia de Normas ISO 9000 no aborda con rigor el concepto "control". Como en otros casos, hay que sacar las pinzas y alumbrar el conejo que no viene de fábrica.
En 7.5.1 nos habla la Norma sobre unas "condiciones controladas", y reúne un conjunto de aspectos que, aplicados en cierta situación, hacen que el resultado cumpla los requisitos. Entre otras cosas, nos viene a decir que las "condiciones controladas" no tienen por qué alcanzarse
registrando en cada momento dónde se encuentra cada producto.
Te aseguras de que hay control cuando creas unas condiciones controladas (lo de asegurarse es un decir), por tanto, no creo que el control de la distribución de los documentos externos deba necesariamente cumplirse sólo cuando se registra cada entrega de documento. También se puede cumplir porque la organización dispone de un circuito para dichos documentos. En algún procedimiento se explica quién recibe estos documentos, dónde los guarda, a quién entrega copias, o puede entregar, etc.
Por otro lado, la legislación que mayor relevancia tiene para vuestro producto o actividad deberÃa controlarse a nivel de versiones vigentes. Esto sà que es importante.
Conclusión: a mà me parece suficiente.
Saludos,
Jorge