Hola, buen día
No me queda claro el punto a) de la versión 2008 que dice: los criterios definidos para la revisión y aprobación de los procesos.
En donde trabajo realizamos mantenimiento a motores diésel y vendemos refacciones o el motor completo. Las deficiencias aparecen cuando el usuario utiliza el motor o las piezas.
¿Aplicaría este punto a)? El proceso de mantenimiento y venta no cambia para que se revise y se aprueben los procesos de prestación de servicio y venta... por lo que no veo necesario que aplique esto en este caso.
¿Qué opinan?